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Tempo Express, mensajería y logística
Políticas institucionales

Política de prevención, detección y atención del acoso sexual en el entorno laboral

Tolerancia cero frente al acoso sexual: qué conductas lo constituyen, dónde aplica, qué derechos tienen las partes y cómo se atiende un caso.

Objeto

Prevenir, detectar y atender el acoso sexual en el entorno laboral de Tempo Express, en cumplimiento de la Ley 2365 de 2024, la Ley 1257 de 2008 y el Código Penal colombiano. La empresa no admite ninguna forma de acoso sexual, con independencia del cargo, la antigüedad o el vínculo contractual de quien la ejerza.

Conductas que constituyen acoso sexual

Contacto físico no consentido
Tocamientos, abrazos, roces o aproximaciones de carácter sexual que la persona no ha consentido.
Conducta verbal
Comentarios sobre el cuerpo o la vida sexual, insinuaciones, chistes de contenido sexual, invitaciones reiteradas tras una negativa.
Conducta no verbal
Envío o exhibición de imágenes, mensajes o material de contenido sexual, gestos o miradas persistentes de connotación sexual.
Chantaje o imposición
Condicionar el empleo, la asignación de rutas o turnos, la evaluación, el ascenso o cualquier beneficio laboral a la aceptación de una propuesta sexual.

Alcance

La política cubre las instalaciones de la empresa y cualquier lugar donde se desarrolle la actividad laboral: bodegas, vehículos, rutas, sedes de clientes, desplazamientos por comisión, alojamientos dispuestos por la empresa, trayectos de ida y regreso al trabajo, y los entornos digitales de trabajo, incluidos correos, chats y grupos de mensajería.

Derechos de las partes

Quien reporta tiene derecho a:

  • Ser atendido con respeto, sin cuestionamientos sobre su conducta, vestimenta o vida privada.
  • Confidencialidad sobre su identidad y sobre los hechos reportados.
  • Protección frente a cualquier represalia laboral.
  • Medidas de protección mientras se adelanta el trámite, como el cambio de turno, ruta, sede o asignación, sin desmejora de sus condiciones.
  • Acompañamiento y orientación, y remisión a los servicios de salud cuando lo requiera.
  • Ser informado del avance y del resultado del trámite.
  • Acudir a las autoridades competentes en cualquier momento.

Quien es señalado tiene derecho a:

  • Conocer los hechos que se le atribuyen.
  • Presentar descargos y aportar pruebas.
  • Debido proceso y presunción de inocencia mientras no se establezca la responsabilidad.
  • Confidencialidad durante el trámite.
  • Ser informado de la decisión que se adopte.

Compromisos de la empresa

  • Realizar campañas de sensibilización y formación dirigidas a todo el personal.
  • Mantener canales de reporte accesibles, incluida la posibilidad de reportar de forma anónima.
  • Atender cada caso con reserva, celeridad e imparcialidad.
  • Adoptar medidas de protección para quien reporta desde el momento en que se conoce el caso.
  • Aplicar las sanciones disciplinarias que correspondan y poner los hechos en conocimiento de las autoridades cuando la conducta pueda constituir delito.

Canal de reporte

Los hechos pueden reportarse por la Línea Ética, de forma identificada o anónima. La empresa garantiza confidencialidad y ausencia de represalias.

lineaetica@tempoexpress.com

Documento en revisión por la dirección de Tempo Express. La versión aprobada, con su fecha de expedición, se publicará en esta misma página. Para consultas sobre su contenido escríbanos a recepcion@tempoexpress.com.

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